TEMA 6 MERCANTIL NUEVO L AS SOCIEDADES MERCANTILES: CONCEPTO DE SOCIEDAD MERCANTIL. DISTINCION ENTRE SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES El Código de Comercio, en su artículo 1º, señala que “ Son comerciantes, para los efectos de este código, las compañías mercantiles o industriales que se constituyeren con arreglo a este código”. Y tales "compañías mercantiles" son definidas en e l artículo 116 del mismo Código, según el cual: “El contrato de compañía, por el cual dos o más personas obligan a poner en fondo común, bienes industria o alguna de estas cosas, para obtener lucro, será mercantil cualquiera que fuese su clase, siempre que se halla constituida con arreglo a las disposiciones de este código. Una vez constituida la compañía mercantil, tendrá personalidad jurídica en todos sus actos y contratos” . Sobre la base de este precepto, la doctrina clásica entiende que las características del contrato de sociedad son las siguientes: 1.- Origen negoc...
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