HIPOTECARIO TEMA 8
HIPOTECARIO TEMA 8 EL PRINCIPIO DE PRIORIDAD: FUNDAMENTO ROCA SASTRE define el PRINCIPIO DE PRIORIDAD, como “aquel en cuya virtud el acto registrable que ingresa primero en el Registro de la Propiedad se antepone con preferencia excluyente o superioridad de rango a cua lquier otro acto registral que siéndole incompatible o perjudicial, no hubiere sido presentado al Registro o lo hubiere sido con posterioridad , aunque dicho acto fuese de fecha anterior ”. En cuanto al fundamento de este principio, diremos que: A diferencia de los derechos de crédito , que recaen sobre la conducta del deudor y que no plantean problemas de colisión mas que en los supuestos excepcionales de ejecución universal, los derechos reales, en virtud de su carácter de inmediatividad , generan una relación excluyente con la cosa , que hace imposible su coexistencia en pie de igualdad con otros derechos semejantes , f...