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Mostrando entradas de octubre, 2018

HIPOTECARIO TEMA 27

  TEMA 27 HIPOTECARIO NUEVO EL TITULO PUBLICO ADQUISITIVO: EXAMEN DEL ARTICULO 205 DE LA LEY HIPOTECARIA   La inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad por medio de título público adquisitivo es un procedimiento cuya mecánica consiste en aportar al Registro de la Propiedad   un documento público que plasme la adquisición de la finca por el inmatriculante jun to con otro documento también público que acredita que el transmitente del título anterior ha adquirido la propiedad de la finca al menos un año antes del otorgamiento a favor del inmatriculante  Este medio inmatriculador está regulado por el Artículo 205 de la Ley Hipotecaria, que, tras la Ley de 25 de Junio de 2015 , de Reforma de la Ley Hipotecaria y de la Ley del Catastro Inmobiliario establece que: (Al pie de la letra) "Serán inscribibles, sin necesidad de la previa inscripción y siempre que no estuvieren inscritos los mismos derechos a favor de otra persona, los títulos púb

HIPOTECARIO TEMA 13

TEMA 13 HIPOTECARIO NUEVO LA   TITULARIDAD REGISTRAL: CONCEPTO Y CARACTERES   El Registro de la propiedad tiene como finalidad fundamental proteger el tráfico jurídico inmobiliario publicando las situaciones jurídico-reales de los inmuebles. Para ello sigue el sistema de folio real , reuniendo el historial jurídico de cada finca en una hoja o registro particular.     Dentro de ese folio se hace constar, por el principio de especialidad, los “ datos” referentes a las fincas y a los derechos reales sobre las mismas,   y, entre esos datos, se encuentra la identificación del TITULAR del derecho inscrito. El “ titular registral” es, según ROCA SASTRE , la persona a quien pertenece o corresponde, según el Registro, el dominio o cualquier derecho real sobre bienes inmuebles inmatriculados . Normalmente coincide con el titular civil, aunque no siempre sucede, en cuyo caso debe tenerse en cuenta que la titularidad registral posee una serie de características propias , como s

FISCAL TEMA 6

TEMA 6 FISCAL   EL GRAVAMEN TRIBUTARIO: TIPOS   Según   la Ley General Tributaria : "El tipo de gravamen es la cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener como resultado la cuota íntegra ".   Hay, pues, diversas clases de tipos de gravamen y, así,   el tipo de gravamen puede revestir la forma de cifra, coeficiente o porcentaje .   A su vez, los tipos de gravamen pueden ser específicos o porcentuales , y deberán aplicarse según disponga la Ley de cada tributo, a cada unidad, conjunto de unidades o tramos de la base imponible.   Y el conjunto de tipos de gravamen aplicables a las distintas unidades o tramos de base liquidable en un tributo se denominará tarifa. LA DEUDA TRIBUTARIA: ELEMENTOS QUE LA INTEGRAN Y FORMAS DE EXTINCIÓN     Según   la L.G.T. la deuda tributaría   está constituida en primer lugar   por la cuota o cantidad a ingresar que resulte de la obligación tributaría principal o de las ob

HIPOTECARIO TEMA 45

TEMA 45 HIPOTECARIO ANOTACION PREVENTIVA DEL DERECHO HEREDITARIO. QUIENES PUEDEN SOLICITARLA Y EN VIRTUD DE QUE TITULOS.   ROCA SASTRE define la anotación preventiva como el asiento registral de vigencia temporalmente limitada que enerva la eficacia de la fe pública registral a favor de los titulares de ciertas situaciones jurídicas que no son inscribibles . En este tema en concreto se nos exige el examen, de la anotación preventiva de derecho hereditario   — Inicialmente, el derecho hereditario in abstracto era  objeto de inscripción en el Registro. — Pero por  reforma de 1944-46  pasó a ser objeto de anotación preventiva.   Así, según el Art.   42.6 LH (APL ):“Podrán obtener AP de sus respectivos derechos en el registro correspondiente, los herederos, respecto de su derecho hereditario, cuando no se haga especial adjudicación entre ellos de bienes concretos, cuotas o partes indivisas de los mismos.”   Y según el Art. 46.1( APL ): “El derecho hereditario